El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador condenó a ocho años de prisión a José Iván Menjívar Díaz, de 44 años, por los delitos de apropiación indebida de vehículo automotor y falsedad material, en perjuicio de Carlos A. y de la fe pública.

En la vista pública se acreditó que el 29 de agosto de 2023, la víctima publicó un anuncio para alquilar su vehículo y el imputado lo contactó. Posteriormente, en la residencia de la víctima, ubicada en el distrito de San Salvador, ambos firmaron un contrato de arrendamiento con promesa de venta.

En el documento se estableció que Menjívar Díaz pagaría $125 semanales en concepto de arrendamiento, durante un período de 260 semanas. Aunque al inicio cumplió con los pagos, posteriormente se atrasó tres semanas y dejó de responder las llamadas del propietario del automotor.

Las pruebas desfiladas en el juicio demostraron que el imputado utilizó una compraventa falsa, de fecha 9 de octubre de 2023, en la que supuestamente la víctima le vendía el vehículo. Se acreditó que el propietario no firmó dicho documento. Asimismo, el imputado utilizó la compraventa falsa para vender el automotor a una tercera persona, hecho por el que ya fue procesado.

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